REGLAMENTO DE LA INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASAMBLEAS ZONALES
Y FUNCIONALES
- Se denomina Asamblea Zonal a la reunión para la consideración de los
temas de la Convención, de los médicos residentes en determinada zona.
- Se denomina zona cada una de las circunscripciones geográficas
establecidas por el Comité Organizador para el funcionamiento de
Asambleas Zonales.
- Se denomina Asamblea funcional a la reunión para considerar los temas
de la Convención Médica Nacional de los médicos que concurren
habitualmente a determinados Centros asistenciales o docentes.
- Se denomina reunión preparatoria a la que realicen los médicos, para
analizar el temario de la Convención en localidades del interior que no
sean sede de Asambleas Zonales pero donde residan no menos de 5
médicos. Tendrán como único objetivo facilitar el análisis de los
temas a los residentes. Para ejercer el derecho al voto, los
participantes de estas reuniones deberán asistir a las Asambleas
Zonales correspondientes en las que se voten las resoluciones y
delegados.
Número y distribución
- Se instalará una Asamblea Zonal por departamento con las excepciones
que se establecen a continuación:
- Montevideo
- Se instalarán asambleas zonales que coincidirán con los
límites delas circunscripciones municipales. El Comité
Organizador detallará el número de asambleas y locales de
reuniones asegurando la difusión de las mismas.
- Se instalarán asambleas funcionales en los centros
asistenciales o docentes cuyos técnicos lo soliciten, debiendo
optarse, a efectos de las votaciones, por integrar una u otra
categoría de asamblea.
- Canelones
Se instalarán asambleas zonales utilizando las mismas
circunscripciones que los gremios médicos que funcionan en cada
departamento. Las sedes de estas asambleas estarán ubicadas en las
ciudades de Canelones, Las Piedras y Pando.
- Colonia
Se instalarán asambleas zonales en Colonia, Rosario y Carmelo.
- Tacuarembó
Se instalarán asambleas zonales en Tacuarembó y Paso de los Toros.
- Río Negro
Se instalarán asambleas zonales en Fray Bentos y Young.
- Creación y Fusión
Los médicos residentes en cada zona integrarán los padrones
correspondientes a la misma. Antes del 15 de julio se recibirán las
solicitudes de cambio de padrón, motivadas por modificaciones de
domicilio o trabajo habitual en zonas diferentes a la de su
residencia.
El Comité Organizador podrá aprobar las solicitudes de fusión de zonas
o creación de nuevas zonas.
Instalación y funcionamiento
- Una vez constituida cada asamblea, designará moderador, coordinador y
secretario, fijará día y hora de sus reuniones y procedimiento de
análisis de los temas.
- Será responsabilidad del moderador, coordinador y secretario utilizar
hojas de registro foliadas que proporcionará el Comité Organizador en
que firmarán todos los asistentes a cada sesión y se registrarán las
resoluciones adoptadas. Al final de cada sesión se cerrará el registro
de concurrentes y se anotarán las resoluciones, firmándose por el
moderador, coordinador y secretario y dos representantes de la asamblea.
Dentro de las 48 horas siguientes a la sesión se comunicará por fax a
la secretaría del Comité Organizador el número de asistentes y las
resoluciones adoptadas. Las asambleas sesionarán con el número de
integrantes que concurran.
- En los departamentos del interior podrán realizarse reuniones
preparatorias, en las localidades en que sin ser sede de asambleas,
residan cinco o más médicos. En estas reuniones podrán analizarse los
temas y adoptarse decisiones. Para ejercer el derecho de voto, se
deberá igualmente concurrir a las asambleas finales que se mencionan en
el numeral siguiente.
- Antes del 16 de julio se realizarán las asambleas zonales de
consideración final de los temas, votación de las mociones o
propuestas de resoluciones presentadas y elección de los representantes
de la asamblea a los plenarios finales.
- A los efectos de la determinación del número de delegados
establecida por el artículo 10 del Reglamento General, se considerará
la totalidad delos asistentes a las asambleas realizadas.
- La mesa ejecutiva del Comité Organizador resolverá los aspectos no
previstos y las consultas relativas a la interpretación de este
reglamento.